Lo que debe saber sobre la nueva normativa para uso industrial del cannabis – Maliv

Lo que debe saber sobre la nueva normativa para uso industrial del cannabis

El presidente Iván Duque informó que con apoyo de los ministerios de gobierno se expidió la resolución 227 del 2022, con la que se establecen todos los mecanismos necesarios para el uso industrial del cannabis en sectores como: alimentos, bebidas y también usos textiles.

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En esta norma se establecen condiciones para el uso industrial del componente vegetal de la planta de cannabis (hojas, tallos o granos). Además, se establecen mejoras a los procesos con los que se otorgan licencias y cupos para los productos con base en la planta de cannabis. 

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Esta resolución permite, define y establece todos los mecanismos y procedimientos para el uso industrial del cannabis, definiendo, por supuesto, que estos usos tienen que ver con el componente no psicoactivo», dijo el mandatario.

Asimismo, el jefe de Estado resaltó que con esta resolución los productores de los sectores de alimentos, textiles y bebidas –alcohólicas y no alcohólicas– podrán hacer uso de los componentes no psicoactivos de la planta y así suplir la demanda nacional y extranjera.

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En este sentido, el ministro de Salud y Protección Social, Fernando Ruiz, dijo que “es importante destacar las diferentes disposiciones sanitarias que se deben tener por parte del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) con buenas prácticas de manufactura y los requerimientos de etiquetado, fundamentales para el avance de la industria”.

Ruiz aseguró que con la resolución expedida por el Gobierno, la industria colombiana podrá avanzar con la producción de productos derivados del cannabis en el país.

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Ante las dudas que empiezan a surgir sobre las licencias y cupos en la regulación del cannabis, en EL TIEMPO resolvemos algunas de las preguntas más importantes expedidas por el Ministerio de Salud y Protección social: ¿Qué canales se usarán para realizar una solicitud de licencia y cupo?

Se deberá adelantar las respectivas solicitudes a través del Mecanismo de Información para el Control de Cannabis (MICC). Solo en caso de fallas del mecanismo se realizarán solicitudes a través de otros medios previstos por las autoridades competentes.¿Qué licencia necesito para cultivar cannabis o fabricar
derivados?

De acuerdo con las actividades que se pretenda desarrollar, se podrá solicitar una o varias licencias en la modalidad que corresponda. Existen varios tipos de licencia:

1) Licencia de fabricación de derivados de cannabis. Su modalidad es para uso nacional, investigación y exportación.

2) Licencia de fabricación de derivados no psicoactivos de cannabis. 

3) Licencia de semillas para siembra y grano. 

4) Licencia de cultivo de plantas de cannabis psicoactivo.

5) Licencia de cultivo de plantas de cannabis no psicoactivo. Su modalidad incluye la producción de semillas para siembra, producción y transformación de grano, fabricación de derivados, fines industriales, Investigación y exportación.

6) Licencia extraordinaria para el cultivo de plantas de cannabis. Su modalidad es el agotamiento de existencias e investigación no comercial.

7) Licencia extraordinaria para la fabricación de derivados. Su modalidad es el agotamiento de existencias e investigación no comercial.¿Es posible realizar publicidad de los componentes de las plantas de cannabis y sus derivados?

Sí, es posible realizar publicidad de semillas para siembra, grano, componente vegetal, plantas de cannabis y de cannabis como materia prima, así como de sus derivados.¿Es posible realizar publicidad con productos terminados que contengan los componentes de la planta de cannabis?

Sí, siempre y cuando se cumpla con los requisitos de publicidad aplicables para cada tipo de producto.¿Puedo seguir realizando actividades de fabricación de
derivados de cannabis no psicoactivo?

Sí. No obstante, los fabricantes de derivados no psicoactivos de cannabis tendrán un plazo de hasta seis (6) meses para radicar ante el Invima la solicitud de su licencia.

Mientras el Invima decide sobre la solicitud de esta licencia, podrán continuar con las actividades de fabricación de derivados no psicoactivos de cannabis.¿Qué cupos puedo solicitar para cultivar cannabis y/o fabricar derivados?

Podrá solicitar un cupo ordinario o un cupo suplementario, teniendo en cuenta las siguientes pautas: 

1) Cupos ordinarios: 
 – Cultivo de plantas de cannabis psicoactivo. Incluye la producción de semilla para siembra, la producción y trasformación de grano y la fabricación de derivados. También tiene fines industriales, de investigación y exportación.

 – Fabricación de derivados de cannabis, para uso nacional de investigación y exportación.

2) Cupos suplementarios: 
​ 
– Cultivo de plantas de cannabis psicoactivo. Su modalidad es la producción de semilla para siembra, producción y trasformación de grano, fabricación de derivados, fines industriales, investigación y exportación.

 – Fabricación de derivados de cannabis. Su modalidad es para uso nacional, de investigación y exportación.

 – Excepcional de uso de derivados psicoactivos. Su modalidad es para uso nacional, de investigación y exportación.¿Puedo cambiar la modalidad de mi cupo?

Sí se puede, salvo cambiar de la modalidad de investigación a una modalidad con fines comerciales. Adicionalmente, se podrá cambiar de modalidad en los cupos de cultivo siempre y cuando el producto a obtener sea el mismo aprobado en el cupo inicial.¿Qué cupo necesito para exportar cannabis?

Hasta tanto los liceciatarios de cultivo no cuenten con la modalidad de exportación en su licencia, se permitirá temporalmente exportar cannabis haciendo uso de la modalidad de fabricación de derivados, siempre y cuando haya solicitado la inclusión de la modalidad de exportación en la licencia de cultivo de cannabis psicoactivo.

Por lo anterior, si se desea exportar cannabis psicoactivo, se deberá solicitar el cupo cultivo en la modalidad de fabricación derivados.

En caso de cannabis no psicoactivo no se requerirá de cupo y solo tendrá que indicar el número de radicado en la Ventanilla Única de Comercio Exterior.¿Qué componentes de las plantas puedo utilizar para hacer alimentos, bebidas, bebidas alcohólicas y suplementos dietarios?

Para la elaboración de estos productos se podrá emplear el componente vegetal, grano y derivados no psicoactivos de cannabis.

Nota: semilla y grano es lo mismo, solo depende del uso que se le pretenda dar, es decir, la semilla es para siembra y el grano se entiende como materia prima para elaborar un producto.¿Puedo elaborar alimentos, bebidas, bebidas alcohólicas y suplementos dietarios con CBD?

Para exportación se podrán elaborar estos productos con CBD, cumpliendo con los requisitos del pais de destino. No obstante, la comercialización de estos productos con CBD en el territorio nacional estará sujeta a la reglamentación que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.¿Qué tengo que hacer para exportar cannabis?

– Haber solicitado la inclusión de la modalidad de exportación en la licencia de cultivo de cannabis psicoactivo.

– En caso de cannabis psicoactivo, haber solicitado el respectivo cupo.

– En caso de cannabis no psicoactivo no se requerirá de cupo y solo tendrá que indicar el número de radicado en la Ventanilla Única de Comercio Exterior.

Lo anterior, unicamente con fines cientificos hasta tanto no se expida la resolución de comercio exterior, la cual establece las condiciones y requisitos necesarios para exportar con fines comerciales.

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